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Italia: tres diócesis eliminarán la figura de los padrinos de bautismo por considerar que perdieron su valor
El obispo recuerda que la presencia de estas figuras ya estaba señalada como no obligatoria por el Código de Derecho Canónico
En tres diócesis de la provincia de Caserta, en Italia han decidido suspender la figura de los padrinos en los bautizos a partir de abril. La razón sería que consideran que estas figuran han perdido su «valor original» con el paso de los años.
La suspensión se hará efectiva en los bautismos durante los próximos tres años de forma experimental.
Monseñor Giacomo Cirulli, obispo de Teano-Calvi, Alife-Caiazzo y Sessa Aurunca, promulgará, el próximo 20 de marzo, un decreto que va a estipular la decisión para bautizos, comuniones y para el rito de iniciación cristiana de adultos.
“En el contexto socioeclesial actual, el oficio de padrinos y madrinas, en su mayor parte, ha perdido su valor original”, se afirma en una nota relativa a las tres diócesis, unificadas bajo la dirección de Cirulli en febrero pasado por el papa Francisco.
La misión de los padrinos y madrinas “consiste en acompañar a los catecúmenos o a los candidatos a la confirmación a lo largo de todo el camino de la fe y no sólo en el momento de la celebración del Sacramento. En la actualidad, sin embargo, este papel ha perdido casi por completo su significado, quedando reducido a una suerte de cumplimiento formal o costumbre social”, se explica.
En cualquier caso, las diócesis han advertido que no pretenden disminuir el valor de los padrinos de bautismo, por el contrario, quieren resaltar esa figura para que recuperen sentido. “Esta decisión no tiene por objeto disminuir el valor de estas figuras, sino que representa un intento del obispo de recuperar su identidad y misión”, han informado.
Las oficinas litúrgicas y de catequesis de las diócesis “tendrán la delicada tarea de acompañar, durante este trienio, el progreso de la nueva práctica y, al mismo tiempo, estudiar posibles nuevas formas de acompañamiento, que recuperan el verdadero sentido eclesial del oficio de padrino y madrina”.
La nueva práctica entrará en vigor el próximo 9 de abril, Pascua de Resurrección, y “queda a los párrocos la facultad de expedir o no la autorización para la celebración de los sacramentos del bautismo y de la confirmación fuera del territorio diocesano”.
El obispo, que recuerda que la presencia de estas figuras ya estaba señalada como no obligatoria por el Código de Derecho Canónico, recomienda que esa autorización “se conceda por causas justas (…) y por causas ajenas a la presencia de los padrinos y madrinas”.
“No obstante, se podrá expedir certificado de idoneidad a quienes hayan de desempeñar el oficio de padrino o madrina en territorio extradiocesano, donde este oficio no esté suspendido y sólo con la concurrencia de los requisitos exigidos y en la ausencia de impedimentos”, destacaron.